Resolución del CSD sobre las Ayudas a la Seguridad Social para futbolistas
La Asociación de Futbolistas informa que ayer, 9 de enero de 2020, el Consejo Superior de Deportes ha publicado la Resolución definitiva de las Ayudas a la Seguridad Social derivadas del Real Decreto Ley 5/2015 que cubren tanto la cuota patronal como la cuota del trabajador/a.
En primer lugar, todos los/as futbolistas pueden consultar las cantidades otorgadas en la mencionada resolución en el siguiente enlace:
https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual/Pdf/715997_2019_ResolucionConcesionDefinitiva.pdf
En el supuesto de que no se haya reconocido la ayuda se deberá tener en cuenta a efectos de posibles reclamaciones, por lo que podrán contar con el asesoramiento de la asociación.
En segundo lugar, y por lo que se refiere a las/los futbolistas a los que se ha reconocido la ayuda, es muy importante que tengan en cuenta que para percibir su importe resulta imprescindible, con carácter previo, rellenar un “documento de aceptación de la ayuda” que se ha de remitir a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), al Mail: ayudas.csd@rfef.es, y después el original, por correo postal, a la dirección:
RFEF
Departamento Ayudas y Subvenciones,
Calle Ramón y Cajal , s/n,
28232, Las Rozas (Madrid).
La suscripción del mencionado documento, y su envío a la RFEF, se puede hacer de dos formas, dependiendo de la situación en que se encuentre el/la futbolista:
- Las/los futbolistas que han solicitado la ayuda de forma conjunta, o que siguen formando parte de la plantilla del mismo club, lo pueden efectuar en el mismo documento de aceptación del club, siendo el propio club el que lo enviará a la RFEF. Por ello, si se encuentran en esta situación, es muy importante que faciliten esta información al club para que cumplimente y remita el escrito a la RFEF a la mayor brevedad posible.
- Las/los futbolistas que han solicitado la ayuda de forma individual, o que ya no se encuenten en el mismo club, deben de rellenar el escrito de forma individual, en el impreso anteriormente mencionado, y enviarlo al mail indicado. Si se encuentras en esta situación tiene que cumplimentar individualmente el documento y adelantarlo al mail indicado, ayudas.csd@rfef.es, y enviar el original a la dirección de la RFEF indicada anteriormente.
Una vez remitido, se podrá verificar su recepción en el Departamento de Ayudas de la RFEF, en el teléfono 91 495 98 00, extensiones 4658 y 4773.
Es urgente la cumplimentación de este trámite, ya que en tanto no se adelante el documento por mail, y se reciba en la RFEF el documento firmado original, no se percibe la ayuda concedida.
La RFEF ha previsto dos plazos para recibir esta documentación: uno primero que finaliza el día 15 de enero próximo, y otro segundo que concluye el día 28 de enero de 2020. Si se recibe en la RFEF con posterioridad a estas fechas puede haber complicaciones para percibir la ayuda.