Ayudas para la protección social en el fútbol femenino y aficionado

El Consejo Superior de Deportes (CSD) publica anualmente la Convocatoria y la Resolución definitiva de las Ayudas para la protección social en el fútbol femenino y aficionado.

La convocatoria tiene por objeto conceder ayudas contempladas en el artículo 6.1.e) del RDL 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional, y desarrolladas por la sección cuarta del capítulo II del Real Decreto 2/2018, de 12 de enero, por el que se dictan determinadas normas de desarrollo del citado RDL 5/2015, de 30 de abril. Concretamente, serán objeto de subvención en los términos establecidos en las referidas normas y en la convocatoria:

Las ayudas previstas en la convocatoria se dirigirán a sufragar los costes de los sistemas públicos de protección de los deportistas y técnicos contratados/as por cuenta ajena por las entidades deportivas que participen en la 1ª División de fútbol femenino (actual Liga F) y en la 1ª y 2ª Federación de categoría masculina.

Los costes subvencionables serán los derivados de las cuotas empresariales y de los y las trabajadoras por la contratación de jugadores/as y técnicos con arreglo a lo establecido en el Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales, siempre que sus solicitantes figuren inscritos/as como integrantes de la plantilla de alguno de los equipos participantes en los referidos campeonatos.

Convocatoria 2024

Convocatoria abierta. Publicada en el BOE el 12 de junio de 2024.

  • Primer plazo – Desde el 13 de junio hasta el 5 de julio de 2024, ambos inclusive.
  • Segundo plazo – Desde el 16 de agosto hasta el 30 de agosto de 2024, ambos inclusive.

Beneficiarios/as

Podrán ser beneficiarias las personas deportistas y técnicos cuya licencia deportiva estuviera asignada a alguno de los equipos integrantes de estas categorías en cuanto a la cuota del trabajador/a en los meses correspondientes a la temporada 2023/2024.

Las personas no podrán incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario/a establecidas en el artículo 13 de la LGS.

Los y las solicitantes deberán estar al corriente de pago de cualquier obligación tributaria o de seguridad social durante todo el procedimiento de la tramitación de la subvención.

Plazo, documentación y forma de presentación

Existirán dos plazos de presentación de solicitudes para los jugadores, jugadoras, técnicos, técnicas y clubes:

Las solicitudes se presentarán ante la RFEF, como entidad colaboradora a través del Portal de Ayudas CSD.

Para acceder a dicho portal es imprescindible disponer de las credenciales necesarias que se pueden solicitar a través de este enlace.

– Primer plazo:

En el primer plazo los jugadores, jugadoras, técnicas, técnicos y clubes deberán presentar la siguiente documentación en la mencionada plataforma, correspondiente a la temporada 2023/2024 desde el mes de julio del 2023 hasta abril del 2024:

a) Modelo de solicitud firmado, por ellos/as mismos/as o por sus representantes legales.

  • En el caso de los jugadores, jugadoras, técnicas y técnicos, el modelo que deberán presentar será el Modelo 0,5% Solicitud cuota trabajador/trabajadora.
  • El modelo contendrá las siguientes declaraciones responsables:
    – Que no se incurre en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario/a, establecidas en el Artículo 13 de la LGS.
    – Que el/la solicitante se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones.

A la solicitud se acompañará, en su caso, relación de subvenciones compatibles o incompatibles recibidas por los/las solicitantes con la misma finalidad, así como de ayudas solicitadas para el mismo objeto cuyo resultado se desconozca en el momento de presentar la solicitud de esta convocatoria. La solicitud presentada en esta convocatoria conlleva la autorización del/la solicitante para que el Consejo Superior de Deportes obtenga, de forma directa y en relación con cada uno de ellos, la acreditación de estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social, a través de certificados telemáticos. La falta de presentación de la solicitud en el primer plazo será insubsanable a todos los efectos, no pudiendo presentarse en el segundo plazo.

b) Modelo 0,5 % Relación de cuotas solicitadas, desde el mes de julio del 2023 hasta abril del 2024 en formato Excel.

c) Las personas deportistas y el personal técnico aportarán a la entidad colaboradora copia de las nóminas correspondientes a los meses de los que se solicita la ayuda y contrato de trabajo laboral que acredite la relación laboral con el club.

– Segundo plazo:

En el segundo plazo los jugadores, jugadoras, técnicas, técnicos y clubes deberán presentar la siguiente documentación, correspondiente a la temporada 2023/2024 de los meses de mayo y junio del 2024 disponible en la sede electrónica del CSD. En ningún caso, podrán presentar solicitud en este plazo, aquellos que no la hubieran presentado en el primero.

a) Modelo de solicitud firmado, por ellos/as mismos/as o por sus representantes legales.

  • En el caso de los jugadores, jugadoras y personal técnico, el modelo que deberán presentar será el Modelo 0, 5% Solicitud cuota trabajador/trabajadora.
  • El modelo contendrá las siguientes declaraciones responsables:
    – Que no se incurre en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario/a, establecidas en el Artículo 13 de la LGS.
    – Que el/la solicitante se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones.

b) Modelo 0,5 % Relación de cuotas solicitadas, correspondiente a los meses de mayo y junio del 2024.

c) Las personas deportistas y el personal técnico aportarán a la entidad colaboradora copia de las nóminas correspondientes a los meses de los que se solicita la ayuda y contrato de trabajo laboral que acredite la relación laboral con el club.

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