El Consejo Superior de Deportes (CSD) publica anualmente la Convocatoria y la Resolución definitiva de las Ayudas para la protección social en el fútbol femenino y aficionado.
El artículo 6 del Real Decreto-Ley 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional (en adelante RDL 5/2015), establece una serie de obligaciones y mecanismos a fin de sufragar la protección social de jugadores/as y entrenadores/as de los equipos que integran la Primera División de Fútbol femenino y la Primera Federación y Segunda Federación de fútbol masculino.
Serán subvencionables en virtud de la presente convocatoria aquellos gastos que, además de cumplir las condiciones generales establecidas en el artículo 31 de la LGS, y hasta donde la disponibilidad presupuestaria lo permita, se ajusten a las cuotas del régimen general de la Seguridad Social devengadas y pagadas entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025, tanto en concepto de cuota empresarial como de cuota de los trabajadores (deportistas y técnicos) como consecuencia de una relación laboral regulada por Real Decreto 1006/1985.
La presentación de solicitudes se realizará por los interesados ante la Real Federación Española de Futbol.
CONVOCATORIA 2025
En caso de pertenecer a esas categorías durante dicha temporada, se realizará el trámite a través del portal habilitado por la RFEF. Es importante realizar la solicitud por uno mismo/a ya que este año los clubes no presentarán las de los/as futbolistas.
El plazo para presentar la solicitud finaliza el 8 de agosto de 2025.
Para ello, en primer lugar, es necesario solicitar las nuevas credenciales de acceso a dicho portal a través del siguiente enlace, ya que las credenciales anteriores para acceder no están vigentes.
Posteriormente, se podrá tramitar la solicitud accediendo al Portal de Ayudas CSD de la RFEF, presentando la siguiente documentación:
1- Documento de solicitud debidamente cumplimentado y firmado (disponible en el portal).
2- Cuotas del trabajador/a del periodo comprendido desde el mes de julio de 2024 hasta el mes de junio de 2025, estas cuotas deben estar individualizadas por mes.
3- Nóminas de los meses solicitados.
4- Contrato laboral firmado por ambas partes.
5- Certificado de titularidad bancaria del solicitante.
En el siguiente documento se puede encontrar la información completa sobre dicha convocatoria: Circular RFEF.